SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2622/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2622/2012

Fecha: 21-Dic-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue contratada por la empresa unipersonal “Audio Visual Multimedia Systems” para desempeñar el cargo de Ejecutiva Comercial, con un haber mensual de Bs3500.- (tres mil quinientos bolivianos); sin embargo, después de un mes de desarrollar sus funciones, y cuando informó a sus empleadores que se encontraba embarazada, los mismos cambiaron de actitud hacia ella, realizando una serie de actos discriminatorios y de maltrato a su persona. Finalmente, una vez que solicitó la baja correspondiente debido a su delicado estado de salud y el riesgo de su embarazo, los encargados de la empresa no le permitieron reincorporarse.

Señala además que, cuando inició sus funciones no se la afilió a un seguro de salud, y que una vez presentada la denuncia a la Dirección Departamental de Trabajo, recién se contrató el respectivo seguro, y se realizó la afiliación correspondiente, tanto a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), como a la Caja Nacional de Salud (CNS); sin embargo, dicha afiliación se la realizó sobre la base de un salario inferior al que realmente percibe, perjudicándola en sus aportes.