SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2012
Fecha: 16-Mar-2012
a)
El representante de los accionantes, en ausencia de estos, asistió a la audiencia en compañía de sus abogados, quienes haciendo uso de la palabra ratificaron los términos de la demanda añadiendo además, los siguientes argumentos: a) La madrugada del 9 de enero del presente año, un grupo de policías al mando de los ahora accionados, además de la Comandante Departamental de la Policía de Santa Cruz, Lily Cortez Avalos, dentro de una conmoción política por temas municipales, vulneraron los derechos a la libre locomoción, derecho al trabajo y derecho a la vida de los ahora accionantes, haciendo extensiva la acción de libertad en contra de la Comandante Departamental, Lily Cortez Avalos; b) El art. 6 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que protege y garantiza la presunción de inocencia, fue vulnerado por las autoridades ahora recurridas, quienes además los maltrataron, los golpearon y les quitaron sus pertenencias; c) El art. 228 del CPP dispone, que el Fiscal o la policía en ningún caso podrán disponer la libertad de una persona aprehendida, ésta deberá ser puesta a disposición del Juez, quien definirá su situación procesal. Sin embargo, el representante del Ministerio Público al enterarse de la presentación de la “Acción de Libertad” y al darse cuenta de todas las vulneraciones, cesó el arresto “continuando con la vulneración a sus defendidos” (sic), señalando que ni siquiera existe el inicio de investigación sobre la denuncia contra los ahora accionantes.
- acción de libertad
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad fiscal y policial demandadas
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. 1. De la naturaleza jurídica de la Acción de Libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 11
- III.3. Sobre los actos del Ministerio Público, Policía Nacional y la posibilidad de reclamarlos ante el juez cautelar
- Fragmento 13
- III.4. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- APROBAR