Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0034/2012
Fecha: 16-Mar-2012
1º.-
1º.- Remítase antecedentes al Consejo de la Magistratura y al Ministerio Público, de Ramiro Ariel Julio Blanco Fuentes, Juez de Instrucción de Coroico, a efectos de que se determine su responsabilidad disciplinaria y penal, conforme lo expresado en los fundamento jurídicos III.2 y III.3 de la presente Sentencia Constitucional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El alcance y finalidad de la acción de libertad.
- III.2. El deber legal de excusa para Juez en materia penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- situaciones de hecho que en consecuencia, convierten a los medios previstos en el procedimiento ordinario, dentro de la problemática planteada, en inoportunos e ineficaces en la tutela del derecho a la libertad de la accionante; ello con mayor fundamento si se considera que el mismo se encontraba suprimido en base a actuaciones emanadas por una autoridad cuya imparcialidad era cuestionada y, que teniendo la obligación legal de excusarse, no lo hizo, conforme los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional
- 1º.-