Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAl 0034/2012
Fecha: 16-Mar-2012
II.1.
II.1. Ramiro Ariel Julio Blanco Fuentes, desempeñó funciones como Fiscal de Materia de la provincia de Caranavi, en el caso 107/2011 a instancias de Virginia Flores Guizada en contra de Natividad Salinas y otro, conforme se evidencia del informe de inicio de investigaciones de 28 de marzo de 2011 (fs. 2); Informe del investigador asignado al caso, cabo Ismael Limachi Choque de 28 de marzo de 2011 (fs. 4); resolución de secuestro de 25 de marzo de 2011 (fs. 5) y mandamiento de secuestro de la misma fecha (fs. 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El alcance y finalidad de la acción de libertad.
- III.2. El deber legal de excusa para Juez en materia penal
- III.3. Análisis del caso concreto
- situaciones de hecho que en consecuencia, convierten a los medios previstos en el procedimiento ordinario, dentro de la problemática planteada, en inoportunos e ineficaces en la tutela del derecho a la libertad de la accionante; ello con mayor fundamento si se considera que el mismo se encontraba suprimido en base a actuaciones emanadas por una autoridad cuya imparcialidad era cuestionada y, que teniendo la obligación legal de excusarse, no lo hizo, conforme los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional
- 1º.-