SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2012

Fecha: 26-Mar-2012

III.4.

         No obstante lo expresado, analizando los casos concretos es posible modular los efectos de las Sentencias, conforme lo dispone el art. 48.4 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), que al referirse a la forma y contenido de la sentencia, alude que: “La parte resolutiva en la que se pronunciará el fallo sobre el fondo del recurso o demanda, en la forma prevista para cada caso, su dimensionamiento en el tiempo y los efectos sobre lo resuelto…”.

         En ese entendido, si bien este Tribunal, por los argumentos expuestos, llega a la conclusión que los representados del accionante, sufrieron la conculcación de sus derechos y garantías constitucionales, al no ejecutarse el Laudo Arbitral laboral; no es menos evidente que este Tribunal no puede desconocer todos aquellos actos que como emergencia de haberse concedido la tutela solicitada se hubieren realizado, a efectos de la restitución del bono de antigüedad y el incentivo municipal; tomando en cuenta, además, que a la fecha han transcurrido casi tres años desde que el Tribunal de garantías, concedió la tutela.