AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0034/2012-RCA

Fecha: 27-Abr-2012

han establecido el plazo de seis meses

En ese entendido, la persona que considere que sus derechos están restringidos, amenazados o suprimidos de manera ilegal o indebida, en forma rápida y con la debida diligencia debe acudir a la justicia constitucional en busca de la tutela respectiva a través de la acción de defensa de derechos fundamentales, cuyo trámite también es sumarísimo toda vez que sus características son las de ser un medio idóneo y efectivo. En el caso de la acción de amparo constitucional, de protección de privacidad y de cumplimiento, la Constitución Política del Estado así como la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y la jurisprudencia constitucional, han establecido el plazo de seis meses, el mismo que es considerable para la búsqueda de la protección a los derechos fundamentales, de tal manera que una actuación desidiosa o negligente en causa propia, definitivamente conlleva una consecuencia jurídica, que es la extemporaneidad.