Fue ilegalmente destituida como catedrática de las asignaturas de mecanografía computarizada, inglés técnico y relaciones humanas del Instituto Superior de Comercio “Federico Álvarez Plata”; cargo en el que fue designada después de haber resultado ga
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Fue ilegalmente destituida como catedrática de las asignaturas de mecanografía computarizada, inglés técnico y relaciones humanas del Instituto Superior de Comercio “Federico Álvarez Plata”; cargo en el que fue designada después de haber resultado ga

Fecha: 12-Abr-2012

III.1. Naturaleza jurídica y fines de la acción de amparo constitucional

El amparo constitucional, como un recurso extraordinario, se encuentra previsto en el art. 128 de la CPE, se configura como acción de amparo constitucional que otorga protección inmediata “… contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley”; siempre que no existiera otro medio o recurso legal para la protección inmediata de esos derechos y garantías, restringidos, suprimidos o amenazados.