SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2012
Fecha: 09-Abr-2012
denegó
La Sala Penal, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 318/2011, cursante de fs. 170 a 174, que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) La acción de libertad fue presentada después de seis años de haber sido notificado con el Auto supremo que impugnó, lo que no comparte con la naturaleza y finalidad de esta acción, cuya protección debe ser inmediata y eficaz de tutela del derecho a la libertad; ii) El impugnado Auto Supremo 147, no es directo causante de la lesión acusada, por cuanto la amenaza de libertad del accionante se encuentra relacionada con el mandamiento de condena 01/2011 que tiene su origen en los Autos Supremos 116 y 119, que no han sido cuestionados en la presente acción de libertad.
- ,
- I.1.1
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1
- Fragmento 5
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2.
- III.2.1. Acción de libertad y falta de motivación y fundamentación
- III.3. El caso concreto
- APROBAR