Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2012
Fecha: 09-Abr-2012
II.8.
II.8. El fallo pronunciado por el Juez de garantías, en revisión, fue anulado por SC 0691/2011-R de 16 de mayo, con el fundamento que el Juez de Instrucción en las capitales de departamento no tiene competencia para conocer y resolver las acciones de libertad (fs. 95 a 103), en cuyo cumplimiento fue devuelto el expediente y redistribuido a la Sala Penal, que emitió la Resolución 318/2011, que se revisa (fs. 170 a 174).
- ,
- I.1.1
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1
- Fragmento 5
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2.
- III.2.1. Acción de libertad y falta de motivación y fundamentación
- III.3. El caso concreto
- APROBAR