SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2012
Fecha: 23-Abr-2012
a)
Por informe escrito cursante a fs. 29 y vta., Octavio Apaza Elías, Juez Técnico del Tribunal Tercero de Sentencia de El Alto, manifestó lo siguiente: a) En el proceso penal seguido por el Ministerio Público, el INRA y querella de Ana Carina Moscoso contra Nicolás Rafael Torrico Mallea, por la presunta comisión de los delitos de estafa, cohecho pasivo propio y beneficio en razón del cargo, por Resolución 110/2011 de 23 de diciembre, se declaró su rebeldía, a causa de la constante inasistencia del acusado a las audiencias que fueron señaladas por ese Tribunal en 7, 17 de noviembre y 15, 22 y 23 de diciembre de 2011; b) El Tribunal consideró que el certificado médico otorgado por el médico particular presentado no era confiable, toda vez que debía presentar un certificado médico forense; c) Se le rechazó in limine la recusación planteada por el hoy accionante mediante Resolución 11/2012, por falta de prueba; d) Con relación a la revocatoria de medidas sustitutivas, no existe determinación alguna, debiendo resolverse esta situación en las próximas audiencias; e) La acción de libertad por persecución ilegal o procesamiento indebido procede únicamente cuando está relacionado directamente con la vulneración del derecho a la libertad y en el caso concreto no existe persecución ilegal “porque no hay mandamiento de aprehensión vigente, con la purga de la rebeldía se dejó sin efecto” (el subrayado y las negrillas son añadidas); f) Tampoco existe procesamiento indebido porque tanto la declaratoria de rebeldía como el rechazo in límine de recusación se encuentra dentro del debido proceso con argumentos de hecho y derecho.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y supuestos de activación
- Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- III.1.1. La persecución ilegal o indebida en la jurisprudencia constitucional y su configuración actual en la Constitución
- Habeas Corpus restringido'
- si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido
- III.1.2. El procesamiento indebido y supuestos de activación en la jurisprudencia constitucional
- SC 1865/2004-R de 1 de diciembre
- SC
- no establecen una regla procesal explícita
- no puede admitirse el desistimiento
- respecto al memorial de desistimiento y retiro del recurso
- 3)
- Conforme las normas constitucionales que disciplinan la acción de libertad (art. 125 y ss. de la CPE), la única
- a) De orden procesal.
- b) De orden sustantivo.
- aclarar
- es decir retiró su acción, el mismo día de la audiencia pública, o lo que es lo mismo después de su señalamiento,
- III.3.1. Respecto a la persecución indebida
- no hay mandamiento de aprehensión vigente
- III.3.2. Respecto al procesamiento indebido y su activación en la acción de libertad
- APROBAR