SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2012
Fecha: 23-Abr-2012
Habeas Corpus restringido'
“En efecto, bajo el primer cauce configurativo de este presupuesto de activación de la acción de libertad, se establece que la persecución ilegal o indebida, debe ser entendida como toda acción ilegal cometida por un funcionario público o un particular, conducta que implica una manifiesta y evidente persecución, acoso, búsqueda u hostigamiento, sin que exista una justa causa fundada en derecho, destinada a suprimir, restringir, perturbar o limitar el derecho a la libertad física, la vida o algún otro derecho estrictamente vinculado a éstos dos últimos; afectaciones que por su naturaleza, inequívocamente deben ser tuteladas a través de la acción de libertad, aspecto que a la luz de la tipología de la acción de libertad ya desarrollada por la SC 0044/2010-R de 20 de abril, se enmarca dentro de lo que en doctrina se conoce como 'Habeas Corpus restringido'. Asimismo, debe precisarse que el segundo cauce configurativo de la persecución ilegal tutelable a través de la acción de libertad, está constituido por todo acto que merced a una orden de detención, captura o aprehensión, que no cumpla con los presupuestos procesales establecidos para su legal emisión, esté destinada a suprimir, restringir o limitar el derecho a la libertad física o incluso a la vida, supuestos fácticos que deben ser protegidos a través de la acción de libertad bajo la figura conocida en doctrina como 'Habeas Corpus preventivo' y desarrollada por la SC 0044/2010-R de 20 de abril entre otras”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y supuestos de activación
- Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- III.1.1. La persecución ilegal o indebida en la jurisprudencia constitucional y su configuración actual en la Constitución
- Habeas Corpus restringido'
- si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido
- III.1.2. El procesamiento indebido y supuestos de activación en la jurisprudencia constitucional
- SC 1865/2004-R de 1 de diciembre
- SC
- no establecen una regla procesal explícita
- no puede admitirse el desistimiento
- respecto al memorial de desistimiento y retiro del recurso
- 3)
- Conforme las normas constitucionales que disciplinan la acción de libertad (art. 125 y ss. de la CPE), la única
- a) De orden procesal.
- b) De orden sustantivo.
- aclarar
- es decir retiró su acción, el mismo día de la audiencia pública, o lo que es lo mismo después de su señalamiento,
- III.3.1. Respecto a la persecución indebida
- no hay mandamiento de aprehensión vigente
- III.3.2. Respecto al procesamiento indebido y su activación en la acción de libertad
- APROBAR