SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2012
Fecha: 23-Abr-2012
III.3.1. Respecto a la persecución indebida
En la problemática planteada, se evidencia que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el INRA a querella de Ana Carina Moscoso contra Nicolás Rafael Torrico Mallea -ahora accionante- por la presunta comisión de los delitos de estafa, cohecho pasivo propio y beneficio en razón del cargo, el Tribunal Tercero de Sentencia en la audiencia de juicio oral de 23 de diciembre de 2011, mediante Resolución 110/2011 de la misma fecha, previa solicitud de la Fiscal declaró la rebeldía del acusado debido a las reiteradas e injustificadas inasistencias; empero, en razón a que el 9 de enero de 2012, el accionante purgó su rebeldía adjuntando al efecto certificado médico forense de 6 de enero de 2012, que acreditaba cuatro días de incapacidad (Conclusión II.4) se dejó sin efecto el mandamiento de aprehensión librado a consecuencia de la aplicación de la norma contenida en el art. 91 del CPP que señala: “Cuando el rebelde comparece o sea, puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia…”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y supuestos de activación
- Acto y omisión que constituya procesamiento indebido
- III.1.1. La persecución ilegal o indebida en la jurisprudencia constitucional y su configuración actual en la Constitución
- Habeas Corpus restringido'
- si no se advierte la orden o emisión de ningún mandamiento que disponga la privación de libertad personal o de locomoción del actor, no es posible admitir que éste estuviera indebida o ilegalmente perseguido
- III.1.2. El procesamiento indebido y supuestos de activación en la jurisprudencia constitucional
- SC 1865/2004-R de 1 de diciembre
- SC
- no establecen una regla procesal explícita
- no puede admitirse el desistimiento
- respecto al memorial de desistimiento y retiro del recurso
- 3)
- Conforme las normas constitucionales que disciplinan la acción de libertad (art. 125 y ss. de la CPE), la única
- a) De orden procesal.
- b) De orden sustantivo.
- aclarar
- es decir retiró su acción, el mismo día de la audiencia pública, o lo que es lo mismo después de su señalamiento,
- III.3.1. Respecto a la persecución indebida
- no hay mandamiento de aprehensión vigente
- III.3.2. Respecto al procesamiento indebido y su activación en la acción de libertad
- APROBAR