SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2012

Fecha: 23-Abr-2012

III.3.1. Respecto a la persecución indebida

En la problemática planteada, se evidencia que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el INRA a querella de Ana Carina Moscoso contra Nicolás Rafael Torrico Mallea -ahora accionante- por la presunta comisión de los delitos de estafa, cohecho pasivo propio y beneficio en razón del cargo, el Tribunal Tercero de Sentencia en la audiencia de juicio oral de 23 de diciembre de 2011, mediante Resolución 110/2011 de la misma fecha, previa solicitud de la Fiscal declaró la rebeldía del acusado debido a las reiteradas e injustificadas inasistencias; empero, en razón a que el 9 de enero de 2012, el accionante purgó su rebeldía adjuntando al efecto certificado médico forense de 6 de enero de 2012, que acreditaba cuatro días de incapacidad (Conclusión II.4) se dejó sin efecto el mandamiento de aprehensión librado a consecuencia de la aplicación de la norma contenida en el art. 91 del CPP que señala: “Cuando el rebelde comparece o sea, puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia…”.