Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2012
Fecha: 23-Abr-2012
II.2.
II.2. Impugnada la referida Resolución Determinativa en la vía judicial, el representante legal de la SOAGSA dedujo demanda contenciosa tributaria contra la Gerencia de GRACO Santa Cruz del SIN, que fue resuelta por el Juez Primero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario, declarando probada la demanda en su integridad, según Resolución 54 de 30 de octubre de 2009, dejando sin valor alguno la Resolución Determinativa (fs. 14 a 19 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- la demanda debe dirigirse contra la persona que en el momento de la presentación de la acción, se encuentra desempeñando esa función, a quien sólo le alcanzarán las responsabilidades institucionales, más no así las personales, si las hubiere.
- III.3. La legitimación pasiva de los actuales Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia en la acción de amparo constitucional
- los ahora Magistrados de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia
- APROBAR