SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLUIRNACIONAL 0121/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLUIRNACIONAL 0121/2012

Fecha: 02-May-2012

a)

Solicita se conceda la tutela y en consecuencia: a) Se dejen sin efecto, el Auto 344/2011, respecto a la negativa del pedido de desapoderamiento y el “Auto de Vista SCII-449/2011 de 21 de diciembre”, emitido en apelación; y, b) Disponga que el Juez de primera instancia, dicte nueva resolución ordenando el desapoderamiento del inmueble de propiedad del SEDES Chuquisaca.

Ahora bien, en mérito al objeto y causa de la presente acción de tutela, con la finalidad de desarrollar una coherente argumentación jurídico-constitucional, este fallo desarrollará las siguientes problemáticas: a) La vigencia de los derechos fundamentales en el nuevo modelo de Estado; b) El desarrollo dogmático del principio de aplicación directa y eficaz de los derechos fundamentales; c) El principio de razonabilidad y su vinculación con la aplicación directa y eficaz de los derechos fundamentales; d) El contenido esencial del derecho fundamental de propiedad; c) La justiciabilidad del derecho de propiedad a la luz del principio de razonabilidad y los alcances de las sentencias estimatorias en procesos referentes a mejor derecho propietario; y, f) El control de constitucionalidad a la luz del principio de razonabilidad frente a una ineficaz justiciabilidad del derecho de propiedad. En consecuencia, en base a los aspectos antes señalados, se analizará si en el presente caso, corresponde conceder o no de la tutela solicitada.