SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLUIRNACIONAL 0121/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLUIRNACIONAL 0121/2012

Fecha: 02-May-2012

Así, las acciones de mejor derecho propietario -entre otras-, se configuran como verdaderas garantías jurisdiccionales destinadas a activar el aparato orgánico-jurisdiccional imperante y lograr por ende la emisión de una decisión jurisdiccional definitiva y de carácter declaratorio, que en caso de ser estimatoria a los derechos de propiedad invocados por el justiciable, asegure la eficaz y real aplicación del contenido esencial de este derecho fundamental.

En resguardo de una coherente técnica de argumentación jurídica, es pertinente indicar que el órgano judicial en el marco de la justicia ordinaria, es la instancia jurisdiccional a la cual por voluntad constituyente se le encomienda el conocimiento de controversias vinculadas a derechos propietarios, así la teleología de los procesos ordinarios conocidos también por la teoría procesal general como procesos de conocimiento, disciplinan reglas de orden procesal destinadas a garantizar la directa justiciabilidad del contenido esencial del derecho fundamental de propiedad, consagrando por tanto a través de este mecanismo institucional, el principio de aplicación directa y efectiva de los derechos fundamentales. Así, las acciones de mejor derecho propietario -entre otras-, se configuran como verdaderas garantías jurisdiccionales destinadas a activar el aparato orgánico-jurisdiccional imperante y lograr por ende la emisión de una decisión jurisdiccional definitiva y de carácter declaratorio, que en caso de ser estimatoria a los derechos de propiedad invocados por el justiciable, asegure la eficaz y real aplicación del contenido esencial de este derecho fundamental.