SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2012

Fecha: 02-May-2012

Fragmento 21

           De acuerdo a los antecedentes procesales de la problemática en cuestión y los fundamentos de la acción de libertad intentada por el accionante, en representación de sus hijos AA y BB, se infiere que son dos los aspectos denunciados: 1) Por un lado, el incumplimiento por parte de la demandada, del régimen de visitas impuesto en derivación de la medida provisional de guarda otorgada a favor del progenitor a través de la Sentencia 128/2011, que se mantenía persistente tomando en cuenta el recurso de apelación de la que fue objeto, razón por la que esta Resolución no cobró ejecutoria (Conclusión II.5 de esta Sentencia); y, -con este antecedente-, 2) Se configura la ilegalidad cometida por la demandada en el incumplimiento del régimen de visitas impuesto, accionar que se tradujo -a juicio del accionante- en la indebida restricción de la libertad de los niños. En este contexto y al existir menores de edad involucrados, corresponde un análisis particularizado de ambas situaciones, a objeto de identificar si se encuentran dentro del ámbito de tutela de la acción de libertad, conforme se pasa a exponer: