Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0130/2012
Fecha: 02-May-2012
II.4.
II.4. Notificado el accionante el 24 de marzo de 2011 con la RA 003/2001, por memorial presentado el 31 del mes y año indicado, interpuso recurso de apelación, el mismo que fue resuelto mediante Resolución 01/2011, emitida por la sumariante del Ministerio de Educación, ratificando la resolución impugnada, así como la determinación de destitución en el ejercicio de funciones (fs. 64 a 67 y 95 a 99).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La valoración de la prueba constituye una facultad privativa de los órganos jurisdiccionales ordinarios y administrativos
- III.2. La problemática planteada en el caso de análisis
- denegado
- APROBAR