SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2012

Fecha: 04-May-2012

1)

El abogado de Javier Orellana Goytia señaló: 1) Que plantearon incidente de nulidad al acta de audiencia de conciliación de 17 de agosto de 2011, por irregularidades cometidas en el proceso, el mismo fue rechazado dando lugar a la apelación, tomando conocimiento el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, quien revocó la Resolución apelada y declaró nulo el acta de conciliación; y, 2) Advertimos que el accionante, tenía conocimiento de la representación sin mandato, y al llegar al estado de conciliación que es una forma extraordinaria de conclusión del proceso y la resolución que salga, tiene la calidad de sentencia con autoridad de cosa juzgada. Consecuentemente, la aplicación de lo dispuesto por el art. 59.II del CPC, resulta imperativo para su validez, solicitando se deniegue la tutela demandada declarando improcedente la presente acción.