Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2012
Fecha: 04-May-2012
II.1.
II.1. Por memorial de 6 de mayo de 2011, cursante de fs. 24 a 26, se inició la demanda sumaria persiguiendo el cobro de la suma de Bs. 22. 202.-, seguida por Edgar Hinojosa Bustillos en representación sin mandato de Laura Bustillos Montaño contra Javier Orellana Goytia, radicado en el Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil, adjuntando como base de la demanda un documento privado transaccional de 11 de marzo del mismo año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional.
- III.2.La aplicación del principio de legalidad
- III.3. Interpretación de la legalidad ordinaria, corresponde a la justicia constitucional verificar si no se han quebrantado los principios informadores del ordenamiento jurídico
- III.4. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- 3º