SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2012
Fecha: 04-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante sostiene que la autoridad judicial demandada, al dictar el Auto de Vista de 27 de enero de 2012, vulneró los derechos y garantías constitucionales del debido proceso y a la tutela judicial efectiva vinculados al principio de seguridad jurídica, por cuanto revocó y dispuso la nulidad del acta de conciliación de 17 de agosto de 2011; ya que mediante Resolución de 22 de septiembre de 2011, la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil declaró improcedente el incidente de nulidad del acta de conciliación mencionada, a pesar de que la misma adquirió calidad de cosa juzgada. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional.
- III.2.La aplicación del principio de legalidad
- III.3. Interpretación de la legalidad ordinaria, corresponde a la justicia constitucional verificar si no se han quebrantado los principios informadores del ordenamiento jurídico
- III.4. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- 3º