SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0165/2012
Fecha: 14-May-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A consecuencia de un juicio oral público, ante el Tribunal Quinto de Sentencia, contra Carmen Cardona Pérez y José Luis Calvi Heredia, por acusación particular de Rosendo Paucara, Luciano Paucara y la empresa Consultores Ejecutivos Asociados (CEA) S.R.L.; por los delitos de falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estelionato, el accionante fue contratado en defensa técnica de los acusados por lo cual intervenía activamente en todas las audiencias de juicio oral ejercitando la defensa de los recurridos.
En este contexto las autoridades judiciales señalaron audiencia de prosecución de juicio oral el 1 de octubre de 2009 a horas 14:30, en la cual el abogado defensor José Luis Paredes Oblitas, ahora accionante se constituyó en la Sala de audiencias media hora antes de que se iniciará el juicio; sin embargo, tuvo que abandonar de forma intempestiva la misma puesto que, sintió una complicación post operatoria de una cirugía correctiva de retina, al que habría sido sometido el 24 de septiembre del mismo año, dirigiéndose inmediatamente al consultorio del médico que trató la afección, el cual previa valoración tuvo que efectuar inmediatamente una segunda intervención quirúrgica, constando de tal evento certificado médico de 9 de octubre de ese año.
Evidenciándose la ausencia del abogado defensor en la Sala de audiencias las autoridades demandadas decidieron declarar abandono malicioso de la defensa, sin haber valorado los documentos que acreditan lo sucedido y decidieron interponer una sanción de multa equivalente a un salario mensual de un juez técnico y remitir antecedentes al Colegio de Abogados, demostrando un contenido irracional en la referida Resolución.
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- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. La jurisdicción constitucional está imposibilitada de valorar la prueba
- III. 3 Análisis del caso concreto
- III.3.1. Otras actuaciones del Tribunal demandado
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