SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0167/2012

Fecha: 14-May-2012

luego de planteada la reconsideración prevista en el art. 22 de la LM, el Concejo Municipal tiene un plazo de veinte días para resolver esta petición, pasado este plazo, opera el silencio administrativo negativo,

Por tanto, luego de planteada la reconsideración prevista en el art. 22 de la LM, el Concejo Municipal tiene un plazo de veinte días para resolver esta petición, pasado este plazo, opera el silencio administrativo negativo, por tanto, al no existir otra instancia de decisión, la petición es considerada rechazada, quedando agotada la vía administrativa-municipal” (las negrillas nos pertenece).