SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2012

Fecha: 14-May-2012

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado del accionante en audiencia reitera los fundamentos del memorial de demanda, aclarando que cuando interpuso la presente acción, al no estar resuelta en grado de consulta la recusación planteada, pidió que se emplace que la Jueza remita obrados al siguiente en número, pero como ésta ya fue resuelta, pide que en el plazo de veinticuatro horas se disponga que se señale audiencia de cesación a favor del ahora accionante, modificando su petitorio en el escrito de acción de libertad.

Finalmente solicita que la Jueza Primera de Sentencia, debe ser procesada por no haber dado cumplimiento a la Resolución102/2012 de 24 de febrero, pidiendo se remita antecedentes ante la Fiscalía Departamental de Justicia, así como al Régimen Disciplinario del Consejo de la Magistratura, a efectos de su investigación.