Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2012
Fecha: 18-May-2012
I.1.3. Petitorio
El accionante solicita se conceda la tutela disponiendo, se restablezcan las formalidades legales y se ordene a la autoridad demandada cumpla su labor, otorgándole la tutela de pronto despacho, remitiendo en el día el recurso de apelación incidental, para ser resuelto por el Tribunal dentro de los tres días que establece la parte in fine del art. 251 del CPP.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de libertad
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
- III.3. Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
- III.4. Sobre el principio de dirección judicial del proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- acción de libertad de pronto despacho.
- REVOCAR