SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2012

Fecha: 24-May-2012

2)

2)  En ese orden de ideas, no resulta evidente la supuesta ilegalidad en la aprehensión y posterior detención preventiva del representado del accionante, que fue dispuesta por autoridades de la jurisdicción ordinaria en pleno ejercicio de su competencia y dentro de un proceso penal que es de pleno conocimiento del imputado, quien se sometió a la competencia de sus juzgadores en las etapas previas a la de su estado actual e hizo uso de los medios legales a su alcance para ejercer defensa; así se advierte de la documental arrimada por el propio accionante, de la que además se infiere que “AAA” no fue puesto en estado de indefensión absoluto, sino que en mérito a que ya tenía la edad para poder ser procesado en la vía procesal penal, se opuso a la causa penal que se le sigue, que estaría radicada en el Tribunal de Sentencia de Quillacollo.

2º     Se recomienda al personal de apoyo jurisdiccional dependiente de la Sala Penal Tercera -que fungió como Tribunal de garantías en el presente proceso constitucional-, mayor cuidado en el registro y manejo de la documentación arrimada al expediente, conforme se detalla en el Fundamento Jurídico III.2.1 de esta Sentencia.