Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0226/2012
Fecha: 24-May-2012
concedido
Por lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro las previsiones y alcances de la acción de amparo constitucional, por lo que el Tribunal de garantías, al haber concedido la tutela, ha efectuado una incorrecta compulsa de los antecedentes procesales, aplicando inadecuadamente los alcances de esta acción tutelar, siendo necesario en consecuencia, razonar en el presente caso la modulación de los efectos de la presente Sentencia, considerando que la mencionada acción tutelar fue resuelta por el Tribunal de garantías hace más de dos años.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de La acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario
- lo que hace a su naturaleza subsidiaria, puesto que no es un instrumento alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución Política del Estado y las leyes asignan a las distintas jurisdicciones
- III.2. La modulación de los efectos al emitir una Sentencia Constitucional, con relación al caso analizado
- III.3. Con relación al caso concreto
- concedido
- 2º