SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2012

Fecha: 24-May-2012

a)

Félix Blanco Macías, ex Superintendente de Minas La Paz-Beni-Pando, en audiencia manifestó: a) Conforme el  informe de SERGIOTECMIN, indica que la petición de “Gemelos” se realizó antes de la caducidad, motivo por el cual se dio curso a los demás actuados; b) Con referencia al memorial de revocatoria  realizó una representación ante el oficial de diligencias de la Superintendencia de Minas con copia a la Superintendencia General de Minas señalando que se presentó a horas 14:29 del 8 de julio de 2008, hechos que deben ser valorados por las autoridades superiores, el rechazar no le correspondía.

La Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera, presente en audiencia mediante informe escrito; expresa que dictó la Resolución jerárquica 01/2009, no habiendo realizado consideraciones de fondo sino aspectos de forma, constatando que en el proceso existe un recurso de revocatoria que no fue providenciado, lo que restringe derechos y garantías que atentan al debido proceso, por lo que en la vía del recurso jerárquico  dispuso anular obrados hasta fs. 86 inclusive, señalando que contra esa Resolución no se planteó ninguna demanda contenciosa administrativa conforme señala la Ley de Minería, antes de interponer el presente amparo como medio de defensa,  no  agotándose por lo tanto la vía administrativa.