Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0240/2012
Fecha: 24-May-2012
I.1.3. Petitorio
El accionante, solicita la “procedencia” de la acción de amparo constitucional y se disponga la nulidad de la Resolución jerárquica 01/2009, emitida por la Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera, así como también la nulidad del Auto de 9 de enero de 2009, pronunciada por Félix Blanco Macías, Superintendente de Minas La-Paz-Beni-Pando y la Resolución que dispone la nulidad de obrados conforme el auto ya referido; y se mantenga firme y subsistente la Resolución Constitutiva 155/2008 y el Auto de ejecutoria de 16 de diciembre de 2008, con la consiguiente calificación de daños y perjuicios ocasionados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El principio de inmediatez que rige a la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- se colige que el accionante fue notificado el 8 de junio de 2009 con la Resolución jerárquica 01/2009 de 27 de mayo, motivo de la presente acción tutelar, tal como se evidencia de fs. 175 a 176,
- APROBAR