SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2012

Fecha: 29-May-2012

concedió

La Jueza Segunda de Partido en lo Civil y Comercial de Yacuiba del departamento de Tarija, mediante Resolución 02/2012 de 29 de febrero, cursante de fs. 115 a 116 vta., concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto únicamente la notificación con la Resolución sancionatoria AN-GRT-YACTF-038/11, disponiendo que en el plazo de cinco días se proceda a la notificación, sea personal o por cédula, pero conforme a derecho, bajo responsabilidad de los funcionarios aduaneros. Con los siguientes argumentos: 1) En el presente caso se demostró la irregularidad procesal en la notificación con la Resolución sancionatoria emanada de la administración aduanera, por cuanto ésta, no tiene testigo de actuación que torne objetivo el acto procesal; 2) El agraviado conoció de las notificaciones denunciadas de ilegales de manera reciente y dentro de los seis meses que determina el art. 129 de la CPE; y, 3) Se vulneró el derecho al debido proceso en sus elementos a la defensa, a ser notificado debidamente, a recurrir la Resolución sancionatoria ante el superior en grado, a una respuesta debidamente fundamentada y congruente, y a la seguridad jurídica.