Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2012
Fecha: 29-May-2012
II.6.
II.6. Según informe legal AN-GRT-YACTF-094/11 de 26 de agosto de 2011, el Abogado de la Gerencia Regional Tarija de la Aduana Nacional de Bolivia Bernabé Castillo Ibáñez, comunicó al Administrador de la Aduana Frontera Yacuiba Marco Antonio López Zamora que revisados los antecedentes del mencionado vehículo, a la fecha de promulgación de la Ley 133 de 8 de junio de 2011, éste se encontraba con Resolución sancionatoria ejecutoriada, por lo que no correspondía continuar con el trámite de nacionalización (fs. 10).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de
- generalidad
- III.2. Principios que rigen a las acciones de amparo constitucional
- Fragmento 19
- III.3. Procedimiento de los recursos administrativos
- III.3.1. El acto administrativo, sus características y efectos jurídicos
- III.3.2. Principios que rigen la actividad administrativa
- b)
- III.3.4. Mecanismos de impugnación de los actos administrativos
- III.3.5. Mecanismos de impugnación específicos en materia aduanera
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- III.3.6. Validez de los actos administrativos
- Fragmento 29
- III.3.7. Incidente de nulidad en materia administrativa
- III.4. Presupuestos de activación en el caso concreto
- POR TANTO