SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2012
Fecha: 29-May-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de interdicto de recobrar la posesión seguido en su contra con el argumento de que entre marzo y abril de 2007, se procedió a despojar de su posesión a Presentación Guerrero y Policarpio Segovia Guerrero, causa que radicó en el Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil; y el Juez de la causa dictó la Resolución de 17 de octubre de 2008, declarando sin lugar a la pretensión deducida en la demanda por insuficiencia de méritos; fallo adverso a los demandantes, que a través de su apoderada interpusieron recurso de apelación, que fue resuelto por la Jueza Primera de Partido en lo Civil y Comercial de Tarija; mediante el Auto de Vista 25/2008 de 5 de diciembre, confirmando parcialmente la Resolución impugnada, en lo que respecta a la habitación que ocupa la hija de los ahora accionantes y probada en cuanto al espacio donde se encuentra un árbol de molle; ordenando la restitución del bien despojado en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de lanzamiento.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- I.2.1. Ampliación de la acción
- 1)
- denegar
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de amparo constitucional
- no procede cuando se hubiere interpuesto anteriormente un recurso constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa, ello implica que la presentación de un segundo o posterior recurso con identidad de sujeto, objeto y causa, impide el ingreso al análisis de la problemática planteada, por cuanto supone que la misma ya fue analizada en una primera oportunidad habiendo sido resuelta mediante una resolución constitucional que tiene entre sus efectos la vinculatoriedad y por ende es irrevisable, adquiriendo la calidad de cosa juzgada constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR