Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0276/2012
Fecha: 04-Jun-2012
i)
A su vez, los terceros interesados en audiencia, mediante su abogado informaron: i) No es evidente que los representantes de “Pampas San Miguel” no hayan exigido el cumplimiento de las medidas cautelares interpuestas por el Director del INRA durante el saneamiento; y ii) Tampoco es evidente que procedieron al fraccionamiento de los terrenos de “Pampas San Miguel”, puesto que son los mismos comunarios quienes se adjudicaron un derecho propietario y tomaron posesión en las acciones que les corresponden a cada uno.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción popular
- III.2. Subsidiariedad y plazo de caducidad
- III.3. Legitimación activa y pasiva
- III.4. Terceros interesados
- III.5. Análisis del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
- de las comunidades campesinas