SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2012

Fecha: 04-Jun-2012

II.6.

II.6.  Por Resolución Jerárquica 03/2011 se estableció la destitución de la accionante en base al art. 40 inc. j) de la Ley del Presupuesto General del Estado de la gestión 2010, arguyendo para el efecto el sustento del art. 232 de la CPE, señalando entre otros aspectos que la accionante sigue siendo esposa de Manuel Darío Canseco Fuentes, y que a pesar de existir la Sentencia 202/2010 de 15 de diciembre, misma que se encuentra ejecutoriada, declara probada la demanda de divorcio, sin embargo el vínculo matrimonial subsiste por no haberse cancelado la respectiva partida, aplicándose la sanción de destitución establecida en el art. 6 inc. c) del Reglamento de Procesos Internos de la Universidad, en base a dichas argumentaciones se revocó parcialmente la Resolución del recurso de revocatoria, disponiendo la permanencia en su fuente laboral de Manuel Darío Canseco Fuentes y confirmó la destitución de la accionante (fs. 161 a 170 y fs. 171).