SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2012

Fecha: 18-Jun-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El abogado del accionante alega que se vulneró los derechos a la libertad, a la seguridad jurídica y al debido proceso de su defendido, debido a que la Jueza Doceava de Instrucción en lo Penal en suplencia legal de su similar Onceavo, a pesar de que presentó la extinción de la acción penal al no haber acusación, ni el Fiscal de Distrito ni el acusador particular dentro del plazo legal, no atendió su petición de emitir mandamiento de libertad cuando ya transcurrieron quince días desde que realizó aquella petición por lo que se encuentra ilegal e indebidamente detenido. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si se debe conceder o no la tutela solicitada.