SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2012

Fecha: 18-Jun-2012

1)

Germán Aliaga Taboada, Vicerrector de la Universidad Policial, en audiencia presentó informe oral, argumentando: 1) Si bien es evidente que existe la Resolución que declara probada la demanda de negación de paternidad, la misma es de 20 de febrero de 2009, el cadete ha permanecido en la institución a sabiendas de que el 6 de enero de 2007, reconoció a un hijo, ocultando dicha información, esa omisión es la que tiene relevancia para la Anapol; 2) El incumplimiento a órdenes legalmente impartidas por un superior se considera como están escritas, y en el Reglamento está prohibido tener descendencia, lo contrario implica una falta grave, por esa razón se ha sancionado al cadete; y, 3) Expresa que una instrucción legalmente impartida es, cuando se hace conocer a los señores cadetes el reglamento y que son leídas a todos en general; en consecuencia, el accionante conocía que tener descendencia y ocultar dicha información constituía falta grave.