SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2012

Fecha: 18-Jun-2012

“Artículo 232º.- (Improcedencia de la detención preventiva).-

Como se puede apreciar, el legislador utiliza en esta norma procesal, el método de -exclusión- para establecer de manera precisa en qué supuestos no procede la detención preventiva, para luego en el art. 233 del CPP, predeterminar los casos y requisitos para la procedencia de esta medida cautelar; conforme al siguiente texto: