SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2012

Fecha: 18-Jun-2012

III.2. Sobre el régimen cautelar boliviano y la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999

           En este sentido, por el interés de perseguir efectivamente la delincuencia y buscar eficiencia en la justicia, las medidas cautelares restringen los derechos de las personas a pesar de no haber sido aún comprobadas su culpabilidad en juicio -bajo la premisa de equilibrio que exige la actual Constitución Política del Estado- para proteger a la sociedad en la lucha contra la delincuencia, la corrupción, el narcotráfico entre otros hechos; solo bajo estas premisas se justifica la imposición de restricciones en la esfera de la libertad del ciudadano.

Así, rescatamos al profesor Albin Eser, que refiriéndose al derecho procesal penal y la Norma Fundamental, indicó: “…el Derecho Procesal Penal en el Sistema Acusatorio es un sismógrafo de la Constitución Política del Estado. Esto rige, sin duda, en lo que se refiere a la posición jurídica del imputado, considerando que en mayor o menor medida el imputado debe ser respetado como un sujeto poseedor de determinados derechos y no sólo tratado como objeto pasivo del procedimiento…”.