SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2012

Fecha: 18-Jun-2012

Fragmento 15

           Asimismo, el sometimiento a esta institución, tiene como objetivo el precautelar que el imputado o procesado, no realice actos que puedan amenazar directa o indirectamente la realización del juicio u obstaculizar la efectividad de la Resolucion condenatoria, entendiéndose así, asegurar la presencia del imputado para su sometimiento a juicio y la averiguación de la verdad; por eso entendemos como medida cautelar “aquella situación nacida de una decisión de naturaleza jurisdiccional, que tiene carácter provisional y goza de duración limitada”, además, “la medida cautelar personal no constituye una pena anticipada, solamente cumple fines procesales y de ahí deriva su principal característica que es la instrumentalidad”.