Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2012
Fecha: 22-Jun-2012
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Vivian Pacheco García Meza, apoderada de la empresa Tahuamanu S.A.; en audiencia señaló: “…la empresa se ratifica en la propuesta contenida en el memorial presentado y que tienen conocimiento el SIN y pedimos pronunciamiento de los apoderados del SIN al respecto. Y por otra parte, en el fondo, nos adherimos a todos los fundamentos contenidos en los informes que se han dado lectura” (sic).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. En cuanto a la legitimación pasiva
- III.3. Denegatoria de la acción de amparo constitucional cuando fue admitida por el Tribunal de garantías, a pesar de no cumplir con los requisitos exigidos por ley
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR