Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0387/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.2.
II.2. De fs. 31 a 34, cursa imputación formal de 10 de noviembre de 2010, contra Eugenio Díaz Paredes, Avelino Canaviri Apaza, Marina Choque Lupe, Román Choque Ticona y Elizabeth Condori Alavi, por la comisión de los delitos de robo agravado, daño calificado y allanamiento de domicilio, previstos y sancionados por los arts. 332.2, 358.3 y segundo párrafo del art. 298 del Código Penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Principio de congruencia
- III.2.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- APROBAR