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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2012

    Fecha: 22-Jun-2012

    II.3.

    II.3. Mediante Resolución de la FACOVBOL de 16 y 17 de enero de 2009 y publicación de prensa en el matutino “El Mundo” de 31 de enero de ese año, se dispone la suspensión de procesos electorales referidos a la renovación de Comités de Vigilancia hasta una semana después de concluido las elecciones Municipales y Prefecturales (fs. 46 y 47).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. El derecho de petición, alcance y sus efectos
    • b) cuando se trata de organismos u organizaciones que están investidos de autoridad o realizan funciones de autoridad y por ende, con capacidad de adoptar decisiones que puedan lesionar derechos fundamentales de la persona
    • III.3. Aplicación al caso de autos
    • III.4. Otras consideraciones
    • APROBAR

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