SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0438/2012

Fecha: 22-Jun-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante considera vulnerados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la “seguridad jurídica” y al principio de legalidad, toda vez que las autoridades demandadas dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Rodolfo Gómez Flores en su contra pronunciaron el Auto de Vista 42/2009, revocando en parte la Resolución de 20 de junio de 2009, declarando improbada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción que planteó, realizando una “errónea interpretación” de la previsión del art. 29 inc. 2) del CPP, señalando que el plazo para la prescripción no se cumplió ya que el primer acto procesal fue realizado el 7 de agosto de 2008 con la presentación de la imputación formal, interrumpiéndose así dicha prescripción, aplicando los preceptos legales en forma incorrecta ya que a partir de la previsión del artículo mencionado, debió computarse dicho plazo desde la medianoche de su consumación; vale decir, desde el 14 de enero de 2004 hasta la media noche del 14 de enero de 2009, sin que la presentación de la imputación formal haya interrumpido o suspendido la prescripción de la acción penal.  En consecuencia, corresponde analizar, si en el presente caso, se debe conceder o denegar la tutela solicitada.