Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2012
Fecha: 04-Jul-2012
a)
Solicita se declare “procedente” la tutela disponiendo: a) Su restitución como Alcalde Municipal de la Octava Sección Municipal de Teoponte, de la provincia Larecaja; y, b) Se deje sin efecto la Resolución Municipal HCTM 49/2010 de 9 de marzo y se determine la responsabilidad civil contra las autoridades demandadas, condenándoles al pago de daños y perjuicios, conforme a procedimiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La seguridad jurídica es un principio y por lo tanto no puede ser tutelado por la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto al derecho al trabajo
- III.4. Derecho al ejercicio de la función pública
- III.5.
- III.6.Normativa que rige la suspensión temporal y definitiva de Alcalde y Concejales Municipales
- III.7. Con relación al caso concreto
- APROBAR