Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2012
Fecha: 04-Jul-2012
APROBAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 10/2010 de 22 de marzo, cursante de fs. 122 a 124, pronunciada por el Juez de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Sorata de la provincia Larecaja del departamento de La Paz, y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en los mismos términos establecidos por el Juez de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La seguridad jurídica es un principio y por lo tanto no puede ser tutelado por la acción de amparo constitucional
- III.3. Respecto al derecho al trabajo
- III.4. Derecho al ejercicio de la función pública
- III.5.
- III.6.Normativa que rige la suspensión temporal y definitiva de Alcalde y Concejales Municipales
- III.7. Con relación al caso concreto
- APROBAR