SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2012

Fecha: 06-Jul-2012

Fragmento 19

          Una vez especificados los requisitos por los cuales se activa la acción de amparo constitucional por vías de hecho, corresponde dilucidar los hechos denunciados; por lo que, en el caso concreto los accionantes indicaron que los demandados avasallaron el lugar -tienda en anticrético- donde se encuentra ubicada la “Librería 16 de julio” de la que son propietarios, con esos antecedentes manifestaron que bajo amenazas, gritos y empujones les obligaron a desalojar el mencionado lugar, impidiéndoles su ingreso hasta la fecha, además de soldar un candado y cerrar la puerta de ingreso principal del inmueble, razón por la cual atribuyen acciones de hecho que no tienen ningún sustento legal.