SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0551/2012

Fecha: 20-Jul-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante en representación de la empresa “IRIARTE” S.R.L. alega que se  vulneraron sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la “seguridad jurídica”, al habérsele notificado en el tablero de Secretaría de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria de Santa Cruz el 28 de octubre de 2009, con la Resolución de recurso de alzada ARIT-SCZ/RA 0165/2009 y el 18 de noviembre de 2009, con Auto de declaratoria de firmeza, siendo que correspondía que le notifiquen en la oficina del Responsable Departamental de Recurso de Alzada de Beni en cumplimiento de lo establecido por el art. 205. II del CTB, porque ahí fue el lugar donde presentó su recurso de alzada contra la Resolución Determinativa 17-0000103-09 de Gerencia Distrital del SIN Beni, aspecto que impidió que se admita el recurso jerárquico planteado contra la Resolución de recurso de alzada. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.