SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0597/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0597/2012

Fecha: 20-Jul-2012

“improcedencia”

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 26 de 26 de febrero de 2010, cursante de fs. 161 a 164 vta., por la que declaró la “improcedencia” de la acción de amparo constitucional, por falta de legitimación pasiva, respecto a los demandados Glover Algarañaz Toledo, María Magdalena Algarañaz de Añez, Julia Prado de Peralta y Helen Cuellar Salas y la concedió con relación a Josefina Ardaya Porcel, Ruperto Herrera Paredes, Richard Román Moreno, Sixto Saucedo Sánchez, Romuel Espinoza López, Javier Oliva, Arturo Moreno Ortiz y Katherine Menina Ortiz, disponiendo la inmediata desocupación de todos los terrenos ocupados arbitrariamente por los demandados y otras personas que se encuentren en el mismo, debiendo librarse mandamiento de desapoderamiento a ejecutarse por el Oficial de Diligencias, con el auxilio de la fuerza pública, sea contra cualquier persona que se encuentre ocupando los terrenos de propiedad del accionante, debiendo la autoridad policial garantizar la efectividad del desapoderamiento por quince días, evitando que los avasalladores vuelvan a ocupar el terreno, con responsabilidad a calificarse después de la revisión a efectuarse por el Tribunal Constitucional.