SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2012

Fecha: 23-Jul-2012

1)

Los accionantes señalan que esta sesión no cumplió con los requisitos legales necesarios; por esta razón, la sesión de 6 de abril es nula, conforme el art. 16 de la Ley de Municipalidades (LM), porque: 1) No existe convocatoria a sesión ordinaria emitida por el Presidente del Concejo; 2) Esta sesión no fue presidida por el Presidente del Concejo (art. 40 de la LM); 3) La sesión no se llevó adelante en la sede oficial ni contó con la participación de la mitad más uno de sus miembros, porque la concejal Esperanza Antequera debió ser reincorporada por una resolución expresa (art. 16 de la LM); y 4) La incorporación de los concejales Zenón Parada Mondocorre y Zenobia Lezano no fue legal porque no se emitió una resolución de suspensión.