SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2012

Fecha: 23-Jul-2012

II.3.

II.3.  Cursa escrito de 7 de marzo de 2012, ante el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, donde el ahora accionante pide la cesación de su detención preventiva, que mereció providencia de 12 del mismo mes y año, señalando audiencia pública para el 20 de marzo; en virtud a ello el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, mediante nota de 19 del referido mes y año, solicitó al Director del Recinto Penitenciario de “San Pedro” de la ciudad de La Paz, la conducción del imputado -ahora accionante-. En consecuencia, el 20 de marzo, se dio curso a dicha audiencia, siendo suspendida con el argumento de que “lamentablemente no tienen espacio, ya está señalado para cada hora y están programando de oficio”; por lo que, rectificaron y señalaron nueva audiencia para el 28 de marzo de 2012 (fs. 27 y vta., 28, 29, 30 y vta.).