SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0643/2012

Fecha: 23-Jul-2012

III.3. Análisis del caso concreto

El accionante manifestó como acto lesivo en el presente caso, que en varias oportunidades los Jueces Primero y Quinto de Instrucción en lo Penal, suspendieron las audiencias de consideración a la cesación de la detención preventiva; a pesar de que la presente acción ha sido dirigida solamente contra el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, en base al principio de informalismo que caracteriza esta acción, corresponde analizar los actos procesales de ambas autoridades, con la aclaración de que el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, no se le puede atribuir responsabilidad penal a efectos de no vulnerar su derecho a la defensa.

De la revisión de antecedentes, se puede evidenciar que el accionante, el 10 de febrero de 2012, solicitó la audiencia de cesación de la detención preventiva, misma que fue fijada para el 22 del referido mes y año y a momento de llevarse a cabo se suspendió dicho acto procesal, en razón de que no se cumplieron a cabalidad con las notificaciones; por lo que, se programó nueva audiencia para el 1 de marzo de 2012 y nuevamente fue suspendida porque las partes procesales a pesar de su legal notificación estaban ausentes; sin embargo, el abogado del querellante en audiencia hizo notar que no se ordenó al penal de “San Pedro” la conducción del imputado; razón por la cual no se encontraba presente en audiencia, en consecuencia se señaló nueva fecha de audiencia para el 8 de marzo.

Por otra parte , el accionante, solicitó el 7 de marzo de 2012, al Juez Primero de Instrucción en lo Penal -ahora demandado-, audiencia de cesación a la detención preventiva, que fue programada para el 20 de marzo del año en curso, siendo suspendida en la misma fecha, con el argumento de que no tienen espacio, fijaron una nueva para el 28 de marzo, que también fue suspendida, disponiendo se cumpla con la notificación legal para evitar mayor dilación; programando esta vez para el 16 de abril.